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Plan de Emergencia y Evacuación para comunidades, obligación e inversión

 
Cambiar al administrador del condominio ¿o apoyarse con asesoría externa?
 
 
 

La nueva Ley de Copropiedad establece nuevas exigencias para el plan de emergencia y protocolos de evacuación, lo que ha obligado a actualizarlo

Si no estás al tanto de esta exigencia legal lee este post que te informa sobre elaboración, certificaciones, y ventaja de cumplir a cabalidad esta norma vigente para toda comunidad inmobiliaria del país.

La nueva Ley de Copropiedad exige que el primer dueño, es decir la inmobiliaria, presente el primer Plan de Emergencia y Evacuación a diferencia de la ley anterior, que dejaba esa tarea al primer comité de administración, que a su vez tenía 90 días para entregarlo.

Es quiere decir que desde el primer día una comunidad o condominio debe entregar copia a Carabineros y Bomberos de dicho plan.

¿En qué consiste el Plan de Emergencia?

Todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros o emergencias, tales como incendios, terremotos, tsunamis u otros eventos que puedan dañar a las personas, a las unidades y/o a los bienes de dominio común del condominio.

El plan de emergencia deberá incluir las acciones a tomar antes, durante y después del siniestro o emergencia, con especial énfasis en la alerta temprana y los procedimientos de evacuación ante incendios.

Actualización del plan

Los simulacros de evacuación se deberán realizar de forma anual.

El primer plan de emergencia, que deberá contener el plan de evacuación, tendrá que ser suscrito por la persona natural o jurídica propietaria del condominio y deberá acompañarse como antecedente al solicitar la recepción definitiva del proyecto acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria.

Certificado y presente en tu consejería

La elaboración del primer plan de emergencia, así como sus actualizaciones, serán realizadas y suscritas por un ingeniero en prevención de riesgos, debiendo dar cumplimiento a la norma técnica que para dicho efecto señale el reglamento de esta ley. La actualización de este plan deberá ser suscrita además por el presidente del comité de administración y por el administrador del condominio.

El plan de emergencia siempre deberá mantener en la recepción o conserjería del condominio un archivo de los documentos que conforman el plan de emergencia y el plan de evacuación actualizados.

Incluido un plano del condominio con indicación de las vías de evacuación y las instalaciones de emergencia, tales como los grifos o bocas de incendio, sistemas de respaldo de energía o grupo electrógeno, alumbrado de emergencia, sistema de detección de humos y alarmas, red seca, red húmeda, sistemas de extinción manual o automática.

Todo lo anterior te permite evitar sanciones o multas por incumplimiento. Y hablamos de inversión porque este plan es una forma de proteger vidas humanas y activos para todos los copropietarios.

¿Cómo ponerte al día con el plan?

Toda comunidad debe implementar sistemas de gestión para la prevención del riesgo de desastres en edificaciones de altura y comunidades con el objetivo de salvaguardar la vida de las personas, cómo también, permitir que las inversiones realizadas sean sostenibles en el tiempo.

El plan es el primer paso. Para ello es recomendable lo básico:

Para realizar de forma profesional todo lo anterior puedes contar con nuestra empresa asociada EDSI, para la gestión rápida y eficiente del proceso.

Solo para Clientes Kastor:

Durante este mes (agosto de 2022) contrata con un 10% de descuento en la Directiva de Funcionamiento, otro requisito con el que debe cumplir toda comunidad. Es el documento que deben presentar a las autoridades fiscalizadoras las personas naturales o entidades que contraten servicios de guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines u otros similares.

Este servicio incluye trámite en Carabineros de Chile (prefectura correspondiente) y la Aprobación Final.

Fuente: Kastor.cl

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